Duro dictamen de la Oficina Anticorrupción contra Triaca por la contratación de su empleada en el SOMU

Por: Daniel Seifert @SeifertDaniel

El documento lleva la firma de Laura Alonso y cuestiona la ética del ministro de Trabajo, quien intentó responsabilizar a los interventores del sindicato y deslizó que Sandra Heredia se ofreció sola. La resolución es una apercibimiento sin sanción, porque la ley vigente no las establece.

 

Un fuerte tirón de oreja. Un duro cuestionamiento directo a la integridad ética de Jorge Triaca es lo que resolvió la Oficina Anticorrupción en el caso de la contratación de la empleada doméstica de la familia del ministro de Trabajo, Sandra Heredia, como administrativa y luego delegada de la filial San Fernando del SOMU, mientras el sindicato estuvo intervenido y bajo la órbita de acción del cuestionado funcionario.

Del polémico contrato de Heredia se supo luego de haber trascendido el audio de WhatsApp donde el ministro insultaba y maltrataba a la empleada de la quinta familiar de los Triaca, por el que el titular de la cartera de Trabajo debió pedir disculpas. No obstante, quedó en la picota pública, que se agravó cuando se investigó la gran cantidad de familiares que el ministro había ubicado en empleos públicos. La avalancha sobre Triaca derivó en una norma antinepotismo que improvisó el Gobierno, para descomprimir el reclamo de renuncia del funcionario, que así y todo, fue respaldado por el presidente Mauricio Macri.

Sandra Heredia, empleada doméstica de la familia Triaca y el ministro, apercibido.
Sandra Heredia, empleada doméstica de la familia Triaca y el ministro, apercibido.

El dictamen de la Oficina Anticorrupción lleva la firma de la propia titular de la dependencia, Laura Alonso, y sostiene que “el funcionario no pudo desconocer que la Sra. Heredia -empleada de su hermano- se había ofrecido o le habían ofrecido ocupar un empleo en un área, si bien no dependiente, fuertemente vinculada a su jurisdicción y, en orden al aludido deber de prudencia, no debió consentir la referida contratación” y que, entonces Triaca debió actuar “transmitiendo al entonces Interventor su oposición en atención a las implicancias del caso”.

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El reproche ético de Alonso a Triaca.
El reproche ético de Alonso a Triaca.

Alonso apunta directamente a la ética de Triaca y le enrostra el “cambio” que el Gobierno dice pregonar. “En un momento institucional donde la ética y la transparencia se señalan como valores fundamentales de la gestión de gobierno, las autoridades deben no sólo actuar con rectitud, integridad e independencia de criterio sino proyectar una imagen de cumplimiento de dicho comportamiento, a fin de no debilitar la confianza de la ciudadanía en las instituciones”, se lee en el dictamen que concluye con la recomendación para el ministro quien en lo sucesivo, deberá evitar la adopción de decisiones que pongan en riesgo la imagen que debe tener la sociedad respecto de la función pública, generando dudas sobre su integridad o la de su jurisdicción”.

Sin embargo, la Oficina Anticorrupción no consigna ninguna sanción puntual, más allá de la advertencia, de dureza históricamente inusual hacia un ministro que, según los investigadores, apunta a marcar un standard a futuro. Y no hubo sanción por la actual Ley de Ética Pública no las establece. La OA impulsa la reforma de la norma en la que se está trabajando en esos huecos del marco legal, como la definición de los conflictos de intereses y la posibilidad de sancionar. Pero lo cierto es que, en el fondo es una cuestión política. Y en los cargos políticos quien define es la autoridad que designa a los funcionarios: en este caso, Macri.

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Lo curioso es que el dictamen, con fecha del 25 de abril pasado, fue subido al sitio de la OA sin ninguna difusión en particular. Al descubrirlo, #BORDER intentó comunicarse con Alonso para saber la razón de una difusión tan sutil. pero sus voceros dijeron que en la OA «hablan por sus dictámenes y no opinan de ellos cuando se publican». Fuentes de la Rosada sostuvieron que el dictamen es un reproche ético que tal vez tenga un costo reputacional para Triaca, pero no más que eso”. Habrá que ver si el dictamen de la OA tiene impacto en la denuncia judicial que los abogados del “Caballo” Suárez, ex titular del sindicato intervenido, hicieron al respecto ante el juez interventor Rodolfo Canicoba Corral, sobre la contratación de Heredia. Triaca tal vez aún tenga explicaciones para dar en Tribunales.

El expediente sobre Triaca se había abierto de oficio en la Oficina Anticorrupción el 19 de enero pasado, se tomaron declaraciones periodísticas de la empleada Heredia y del ministro y se pidió información a la entonces intervención del SOMU. Los ex interventores implicados en la contratación fueron Alfredo Bertonasco -que reemplazó a Gladys González cuando se candidateó al Senado, a instancias de Triaca, y fue quien primero contrató a Heredia como administrativa- y Silvio Torres -el último interventor, designado judicialmente, antes de la normalización del sindicato vía elecciones, y quien ascendió a Heredia como delegada de la seccional de San Fernando-.

También se tomó la palabra de Triaca, quien envió una nota a la OA en la que insólitamente intentó despegarse de la designación, que se la achacó a Bertonasco -a pesar de haberse reunido en la quinta de la familia del ministro para definirla- y a la propia Heredia, de quien dijo que se ofreció para el trabajo y que nadie cuestionó su idoneidad para el puesto.

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Bertonasco, ex interventor del SOMU, nombrado por Triaca y responsabilizado por el affaire de la empleada.
Bertonasco, ex interventor del SOMU, nombrado por Triaca y responsabilizado por el affaire de la empleada.

Triaca dijo que había problemas para conseguir delegados en seccionales conflictivas, donde necesitaban gente confiable y que esté dispuesta a trabajar por un corto tiempo, lo que durara la intervención. Para el ministro, la de San Fernando era “una de las seccionales donde se respiraba mayor clima de conflictividad y violencia, y que requería entonces personas idóneas, confiables y además predispuestas a trabajar en ese clima de hostilidad”. “En las reuniones de seguimiento de la intervención que manteníamos periódicamente los sábados por la mañana en la quinta de mi familia con el Dr. Bertonasco y su equipo, una de las mayores preocupaciones que siempre se exponían en la mesa, era la dificultad que se presentaba en algunas delegaciones del SOMU para cubrir adecuadamente la atención a los afiliados. Al mismo tiempo, no pasaba desapercibida la dificultad de encontrar personas que estuvieran dispuestas a trabajar bajo condiciones como las ya narradas; y por un período tan exiguo que las alentara a aventurarse a dicha tarea. En ese marco, y conforme me informara el Dr. Bertonasco ante mi consulta, la señora Sandra Heredia se ofrece a desempeñar esta tarea en la Delegación San Fernando. Esta propuesta se dio en el marco de una de estas reuniones, y como resultado del vínculo y trato existente entre ambos producto de tal cotidianeidad, contextualiza Triaca para luego endilgarle la responsabilidad al interventor que él designó.

Caso Triaca by DanielSeifert on Scribd

“Así fue que el Dr. Bertonasco decidió su contratación para colaborar administrativamente en la delegación de San Fernando; tarea que desarrolló con eficacia (…) Y surge de los intercambios de mensajes existentes entre los mencionados que la señora Heredia reportaba y cumplía indicaciones emanadas de la persona del Delegado Normalizador (…) Si bien las charlas primarias que generaron la contratación se dieron en la propiedad familiar señalada, administrada por mi hermano, la contratación fue tratada exclusivamente entre la señora Heredia y el entonces Interventor del SOMU Dr. Alfredo Bertonasco, y efectuada y decidida exclusivamente por éste último, sin intervención ni conocimiento alguno por parte del suscripto, se excusa el ministro, quien aclaró que el sueldo corrió por cuenta del sindicato y no del Ministerio y que él no obtuvo ningún beneficio.

La OA no le creyó a Triaca o, al menos, sostuvo que el ministro no pudo desconocer que la Sra. Heredia -empleada de su hermano- se había ofrecido o le habían ofrecido ocupar un empleo en un área, si bien no dependiente, fuertemente vinculada a su jurisdicción y, en orden al aludido deber de prudencia, no debió consentir la referida contratación”, y en especial, que Triaca no podía no ser consciente de que la relación laboral preexistente de Heredia con su hermano “y la circunstancia de que sea ésta la persona que prestaba servicios los fines de semana al ministro y a su familia, podría generar legítimas dudas respecto de los motivos que fundaron la vinculación de empleo con el SOMU así como la influencia del funcionario sobre su contratación, sobre todo ante la inexistencia de procedimientos de selección específicos para dicho puesto de trabajo que acrediten la aptitud para su ejercicio”.

Para la OA, Triaca no debió contratarla ni, de ser el caso, dejar que se permitiera. Le exigen más cuidad de ahora en más. No pueden pedir más. En todo caso, cualquier decisión adicional es decisión del Presidente, que lo respalda.

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