Condenan a dos funcionarios de AFIP por participar de una campaña contra Carrió

Se trata de Fabián Osvaldo Di Risio y Fidel Omar Chiapperi. Ambos fueron encontrados culpables del delito de abuso de autoridad. También dictaron una condena mínima para Ricardo Etchegaray.
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Créditos: AFIP
Por: #BorderPeriodismo

El juez federal Sebastián Casanello dictó un año de condena para los funcionarios de AFIP Osvaldo De Risio y seis meses de prisión para Fidel Omar Chiapperi, además de inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos por el doble del tiempo de la condena. El magistrado los encontró culpables del delito de abuso de autoridad y consideró que, fueron parte de una campaña de desprestigio contra Elisa Carrió, mediante la utilización de facultades y potestades propias de sus cargos durante la campaña electoral del 2013.

Ambos trabajan en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Di Risio como Subdirector General de Operaciones Impositivas Metropolitanas y Chiapperi como Director de la Dirección Regional Central del organismo.

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Además, el juez Casanello también requirió investigar la posible participación en el ilícito de otros funcionarios de la agencia y de terceros que también pudieran haber sido parte de los actos delictivos. Los fundamentos del fallo se darán a conocer el próximo lunes 26.

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Para llegar a confirmar la condena fue clave la declaración de más de quince testigos, quienes afirmaron las irregularidades cometidas por los funcionarios de la AFIP. Además de los testigos, el juez utilizó «entrecruzamientos de comunicaciones telefónicas» que exhibían la maniobra elaborada que tenía como único fin dañar la imagen de Lilita Carrió durante la campaña electoral del año 2013. Cabe destacar que, esta campaña de desprestigio se realizó durante las presidencias de los Kirchner, es por ello que el juez entendió que se utilizaron recursos del organismo recaudador para perseguir y desacreditar a la oposición con obvios fines políticos.

El fallo de Casanello no tiene precedentes: es la primera vez que se logra probar y condenar a funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos por el delito de persecución fiscal.

LA CAMPAÑA DE DESPRESTIGIO CONTRA CARRIÓ

De acuerdo a la investigación y las declaraciones de la defensa de Carrió, en el año 2013 se inició en la Justicia una investigación a una empresa inmobiliaria donde se había detectado la realización de actividades económicas con beneficios monetarios en contraste con lo declarado en las declaraciones juradas. Esta empresa tenía domicilio fiscal en la Ciudad de Buenos Aires y registraba actividades de venta en el club de campo Chacras del Sur, en Capilla del Señor. En paralelo Carrió comenzó a construir su casa en el mismo lugar.

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Luego de insistentes investigaciones y señalamientos al country donde Carrió construyó su casa, los abogados de Carrió concluyeron que la investigación «tenía como verdadero objetivo formar parte, junto con otros dispositivos ajenos a la AFIP, de una campaña de desprestigio de la imagen pública de la Diputada Nacional Elisa Carrió, valiéndose para ello de las facultades y potestades que la ley asigna a la AFIP».

Para reforzar la teoría de los abogados fue clave una publicación periodística titulada «La nueva casa de Lilita» de la Revista Veintitrés. El 5 de junio del 2014 -días después de la publicación-, la AFIP ordenó un allanamiento en la propiedad de Carrió. 

Y, para fortalecer las sospechas de los abogados, el allanamiento fue cubierto por un móvil de C5N que tenía la primicia: «allanan 4 propiedades del country donde la diputada Elisa Carrió compró un terreno», titulaba el medio en aquel entonces. Según declaraciones que se realizaron formalmente en la causa, los móviles de C5N llegaron antes que la policía.

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En plena investigación la defensa de Carrió, comentó: «Los imputados utilizaron el poder y las potestades que detentaban como funcionarios de la AFIP para traicionar la esencia de la ley y abusar de la autoridad que poseían, todo a efectos de concretar una finalidad ajena a su competencia: tomar parte de una campaña u operación de desprestigio en contra de esta querellante«.

Ahora, con la condena dictada y con un fallo sin precedentes a favor de Carrió, su defensa remarcó: «Esta es la primera vez que se logra probar y condenar a funcionarios de la AFIP que realizaron persecución fiscal contra políticos opositores«.

 

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