La Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) decretó una serie de cambios en el uniforme de los efectivos con el fin de adaptarse al nuevo reglamento del ministerio de Seguridad: se prohíbe el uso de barba, aritos en el personal masculino y la prohibición de la corbata en el femenino.
La medida también prohíbe que el personal exhiba tatuajes. En caso de no poder ocultarlos con el uniforme deberán utilizar “telas color piel o similar para cubrirlos”.
Tampoco se permitirá el uso de tintura para el pelo que sea llamativa, ni el empleo de paraguas, excepto que sea para “traslado en forma individual, de color negro y sin inscripciones”.
La disposición N°183 lleva la firma del director nacional de la fuerza, Alfredo Hernán Gallardo.
Los cambios en la normativa apuntan, según establecen desde la PSA, “al aliño de los uniformados”. Es por eso que las mujeres ahora también deben cubrir su rodete por una red invisible o de color negra. También deberán llevar las uñas cortadas o moderadamente largas.
En los casos en que las mujeres estén embarazadas o dentro del período de lactancia, podrán pedir la excepción del uso del uniforme y vestir pantalón o pollera de color negro, camisa blanca, zapatos negros.
La medida fue aprobada y publicada bajo el nombre “Reglamento Particular de Uniformes, Atributos, Distintivos y Condecoraciones de la PSA”. La misma deja sin efecto la normativa que había sido implementada por la gestión de Sabina Frederic en Seguridad en la anterior gestión.
La anterior disposición le permitía a los efectivos policiales la posibilidad de usar indistintamente los uniformes masculinos o femeninos, algo que fue difundido como “uniforme no binario”.
Hoy se precisó que el uniforme operativo N°1 de la PSA no presentará cambios, mientras que “el Uniforme de Servicio Diario N° 2, el Uniforme Social N° 3 y el Uniforme de Gala N° 4 especifican las prendas para uso masculino y femenino”.
Entre las prendas que componen el uniforme de Servicio Diario N° 2, el que sufrirá un cambio será el Birrete: ahora será de gabardina y llevará el escudo de la fuerza bordado sobre su lado izquierdo, sin otro distintivo.
Se responsabilizará a los Jefes de Dependencia, sus instancias inmediatas y los superiores directos del personal, de verificar el estricto cumplimiento de estas normas.
Según se indica en un anexo del “Reglamento Particular de Uniformes, Atributos, Distintivos y Condecoraciones de la PSA”, el personal está obligado a vestir uniforme en los siguientes casos:
- Durante el servicio, salvo disposición contraria de la superioridad.
- En el cumplimiento de comisiones dentro o fuera del país, salvo orden expresa en contrario.
- En el desempeño de funciones en el orden nacional, provincial o municipal, cuando la superioridad lo considere conveniente.
- En todos los casos que fuera dispuesto por la superioridad.