La Cámara Federal confirmó la exención de prisión de “Pepín” Rodríguez Simón y podrá volver al país sin ser detenido

El ex asesor de Mauricio Macri, quien estaba prófugo en Uruguay desde 2021, deberá depositar una caución de 3.120 millones de pesos.
Por: Tomás Rodríguez

La Cámara Federal ratificó la exención de prisión a favor de Fabián “Pepín” Rodríguez Simón previo depósito de una caución de más de tres mil millones de pesos. Se trata del ex asesor jurídico del ex presidente Mauricio Macri.

La decisión fue adoptada por los camaristas Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, dos de los jueces que fueron trasladados a ese cargo por decreto del ex presidente Macri. En cuanto al tercer integrante de la Cámara, Martín Irurzun, votó en disidencia. 

“Pepín” Rodriguez Simón se encontraba prófugo en Uruguay desde 2021, momento en que fue llamado a indagatoria por la jueza María Servini en el marco de la causa conocida como “mesa judicial”: un grupo de asesores y allegados a Macri que fueron acusados de diseñar una persecución política contra opositores, entre ellos los dueños del Grupo Indalo, Fabián De Sousa y Cristóbal López. Rodríguez Simón pidió asilo en Uruguay, pero nunca lo obtuvo.

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Bruglia y Bertuzzi justificaron la decisión de Rodríguez Simón de sustraerse a la acción de la Justicia argentina: “No ha permanecido oculto y con paradero desconocido sino que se ha trasladado a la República Oriental del Uruguay -fijando allí domicilio- a los efectos de ejercer un derecho que entendió legítimo, cual fue el de solicitar el reconocimiento de su condición de refugiado político”, sostuvo el fallo.

“Si los justificativos que esgrime aquí para ampararse en el derecho de refugio fueron reales y si Rodríguez Simón es responsable de los hechos que se le imputan en esta causa, lo sabremos y tendrá la respuesta jurisdiccional que corresponda -con todas las instancias de garantía- en el ámbito de este proceso y mediante su debida sujeción al mismo”, coincidieron.

Aunque el imputado hubiera tenido intención de presentarse en estas actuaciones al margen de mantener su solicitud de refugiado, ello resultaba imposible de concretarse sin perder la protección de dicho status, en tanto la legislación uruguaya establece el cese de esa condición en el supuesto que el sujeto requirente voluntariamente se establezca en el país que ha abandonado”, dice también el fallo.

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