La Justicia dispuso que los gremios aeronáuticos deben notificar los paros con cinco días de anticipación

Por: #BorderPeriodismo

La Justicia dispuso que los gremios aeronáuticos deben notificar los paros con cinco días de anticipación. Esto se comunicó este miércoles por la Cámara del Trabajo que puso una condición para hacer medidas de fuerza, aunque hubo una noticia negativa para los decretos de Javier Milei sobre el servicio esencial.

Los decretos N°825 y 831 fueron suspendidos por tres meses por una medida cautelar en una causa que inició la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), el gremio que conduce Pablo Biró. El gobierno quiso apelar esa resolución y la Cámara del Trabajo la ratificó excepto en el punto de la obligación de informar los paros con un tiempo de anticipación.

Los camaristas Alejandro Perugini y Diana Cañal en su resolución que pronunciaron la semana pasada señalaron: “Encuentro pertinente limitar los alcances de la suspensión cautelar dispuesta estableciendo la vigencia provisional de la obligación de preavisar la adopción de las medidas de acción directa que involucren a la actividad aeronáutica civil aerocomercial”.

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La aclaración de los jueces “No soslayo los intereses de orden general en los que el Estado Nacional pretende sostener la justificación de sus actos, básicamente vinculados a los cuestionables efectos que medidas adoptadas sin mayor responsabilidad podrían ocasionar a los derechos e intereses de terceros, fundamentalmente los usuarios del servicio de aeronavegación comercial”.

De esta manera sostienen que es «pertinente limitar los alcances de la suspensión cautelar dispuesta estableciendo la vigencia provisional de la obligación de preavisar la adopción de las medidas de acción directa que involucren a la actividad aeronáutica civil aerocomercial”. Los jueces explicaron que eso es “acorde a la naturaleza del interés público comprometido en un servicio que podría ser considerado de ‘importancia trascendental’ y que no contradice los estándares fijados en los precedentes del Comité de Libertad Sindical de la OIT en la materia”.

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Esta medida solo se dirige para APLA y sus afiliados ya que así se instauró en primera instancia y lo ratificó la Cámara. Otros gremios, que no iniciaron causas judiciales, tienen la vigencia plena de todos los decretos.

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