Aerolíneas Argentinas frenó la paritaria y la Justicia anuló la orden de reincorporar a los pilotos despedidos

Walter Rodolfo Schonfeld, Javier Eduardo Weledniger y Carlos Diego Sepliarsky fueron despedidos tras haberse negado a trasladar un avión porque decían no avalar el “achique” de la empresa.
Por: #BorderPeriodismo

Aerolíneas Argentinas informó hoy a los gremios que suspendió las citaciones para discutir paritarias hasta que cesen las medidas de fuerza que obligaron a la cancelación de al menos 25 vuelos en el Aeroparque Metropolitano. Y en paralelo, la Cámara del Trabajo, por dos votos contra uno, revocó el fallo que ordenaba la reincorporación de tres pilotos que fueron despedidos de la aerolínea en septiembre, luego de que se negaran a trasladar un avión que debía ser devuelto a la empresa que lo arrendaba. Se trataba de un avión Embraer. Los pilotos se negaron a trasladarlo porque, según dijeron, no avalaban el “achique” de la empresa, y la empresa decidió despedirlos. 

La Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) acudió a la Justicia y exigió el «cese inmediato» de la medida,alegando que constituye un obrar discriminatorio y antisindical que impide el ejercicio de los derechos sindicales, y exigieron la reinstalación de los pilotos en sus puestos.

De acuerdo a lo que se lee en la resolución, los jueces de la Sala III de la Cámara del Trabajo decidieron de forma unánime revocar la solicitud de reincorporación hasta analizar el fondo del asunto. La jueza Stella Maris Vulcano había concedido una medida cautelar en primera instancia en la causa que impulsó APLA, ordenando la reincorporación de los pilotos Walter Rodolfo Schonfeld, Javier Eduardo Weledniger y Carlos Diego Sepliarsky. Vulcano argumentó en su fallo que los despidos fueron arbitrarios y afectaron el derecho de los pilotos a la libertad sindical y de protesta, destacando además que sus sueldos tienen carácter alimentario, pero Aerolíneas Argentinas apeló, argumentando la «insólita suspensión del art. 95 de la ley 27.742″ (que regula los despidos en la ley de Bases), calificando esta situación como una “grave inobservancia de lo dispuesto por el artículo 245 bis de la LCT”. También sostuvo la nulidad de la resolución por la ausencia de un análisis sobre los requisitos previstos en la ley 26.854 (de medidas cautelares), y cuestionó la falta de tratamiento sobre la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora.

Debido a las protestas de pilotos, varios pasajeros debieron ser reubicados en operaciones de otras líneas aéreas.

A través de su cuenta de X, APLA se refirió a la suspensión de las negociaciones salariales señalando que “es absolutamente inaceptable que, en lugar de enfrentar las legítimas demandas de los trabajadores, los directivos de la empresa elijan irresponsablemente transferirnos las propias limitaciones en su gestión operativa y el de un conflicto que no son capaces de manejar”. Y agregó: “Llevamos meses sin una recomposición salarial, y las medidas de acción tomadas por APLA se anunciaron y programaron con antelación ante la falta de avances en las negociaciones. La empresa rompió unilateralmente las negociaciones durante dos meses. Hoy, cuando las consecuencias que APLA había anticipado son evidentes, deciden culpar a los trabajadores”.

También señalaron que “la empresa ha tenido tiempo más que suficiente para actuar y encontrar soluciones, pero optó por ignorar los reclamos, intensificando temerariamente la situación con mensajes que demonizan la profesión, viralizando recibos de sueldo falsos, enfatizando supuestos ‘privilegios’ y burlándose de las necesidades de quienes, día tras día, dan todo por los pasajeros”.

Y dijeron, a modo de conclusión: “La afirmación de que APLA busca una lucha política personal es completamente infundada e inapropiada. Nuestro único objetivo es defender los derechos de los trabajadores y recomponer los paupérrimos salarios que actualmente perciben los/las pilotos, continuando con el mandato unánime recibido por parte de una Asamblea multitudinaria de pilotos”.

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