Con la entrada en vigencia, el 1 de agosto, del nuevo Código Civil, se perderá el acceso público e irrestricto a los ríos. Enterate en Border de eso que ningún otro medio te va a contar.
Desde hace más de un siglo cualquier argentino tiene derecho a acceder libremente a la ribera de todos los ríos navegables del país y disfrutar allí del agua, del sol o simplemente del paisaje. Así lo garatizaba la ley a través del Código Civil, que establecía una franja de 35 metros (contados desde la orilla y a ambos márgenes del río) sobre la que nadie (ni Estado ni privados) podía intervenir y por la que cualquier ciudadano podía transitar libremente.
Según se consignaba en el artículo 2.630 del viejo Código Civil, “Los propietarios limítrofes con los ríos o con canales que sirven a la comunicación por agua, están obligados a dejar una calle o camino público de treinta y cinco metros hasta la orilla del río, o del canal, sin ninguna indemnización. Los propietarios ribereños no pueden hacer en ese espacio ninguna construcción, ni reparar las antiguas que existen, ni deteriorar el terreno en manera alguna”
Lástima: dentro de pocos días- el 1 de agosto, con la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y comercial de la Nación (aprobado en octubre del año pasado, programado para entrar en vigencia en enero de 201 pero sugestivamente “acelerado” por ley para comenzar a regir el 1 de agosto de 20015) todo esto será pasado. Y todo por obra y gracia del artículo 1974 de esa nueva normativa.
El mismo estipula que la franja de 35 metros en cada orilla se verá reducida a apenas 15, por lo que los propietarios de terrenos lindantes con la ribera pasarán, mágicamente, a poseer esos 20 metros “de sobra”. Esto es, aumentarán sus propiedades con una masa de tierra por la que nadie va a cobrarles absolutamente nada.
Así, los cuarenta millones de argentinos habremos donado a particulares una superficie guarangamente enorme de terreno público. ¿Cuánto? Nada menos que 331.000 kilómetros cuadrados. Dicho de otro modo, una ciudad de Buenos Aires y media pasará a manos privadas.
Pero no sólo eso. Para decirlo aún más claramente, unos cuantos miles de propietarios serán, de la mañana a la noche, dueños y señores no sólo de valiosos terrenos estatales sin tener que desembolsar un mísero centavo sino que tendrán potestad para hacer lo que les plazca con los ecosistemas “adosados” a sus antiguas propiedades. Podrán arrasar con la vegetación, edificar lo que gusten o lo que quieran hacer en ese nuevo espacio recién privatizado.
Se quedarán pues con tierras, plantas, animales y un derecho que antes no tenían: el de admisión. Podrán decidir quién disfruta y quién no del río. Como si les perteneciera. Como si- una vez más- los bienes comunes naturales que pertenecen a todos los ciudadanos fuesen, en realidad, posesión de quien alguna vez compró una propiedad cercana.
Nada de qué sorprenderse, en realidad: esto ya está sucediendo y desde hace años con muchos lagos del sur. Muchos de nosotros hemos visto en la Patagonia esa postal infame: un lago rodeado de alambradas para que nadie ose poner su pie por allí. Irónicamente, cuando esas cercas se colocaron eran totalmente ilegales por avanzar sobre el anteriormente definido “camino de la ribera”. Por lo tanto, podían iniciarse acciones legales contra quien violaba la ley, alambre en mano.
A partir del 1 de agosto, semejante atropello pasará a ser legal. Y no por casualidad: en un país que está llegando al límite de su tierra cultivable (y por eso avanza sobre selvas y bosques nativos), las tierras cercanas al río encandilan desde hace tiempo a quienes están en el negocio de la agricultura. Pero también a los no menos inquietos cerebros del negocio inmobiliario, quienes literalmente babean frente a este inesperado regalo del pueblo de la nación a sus siempre voraces bolsillos.
Nada de qué extrañarse entonces si –de repente- una verdadera oleada de “volvamos la vista al río” empieza a recorrer el país de punta a punta. Si todos (autoridades y privados) se lanzan a promocionar las ventajas de vivir cerca del agua, de “disfrutar del río” y demás. Será cualquier cosa menos casual, porque lo que habrá en realidad en juego detrás de ese ademán pretendidamente ecologista no será en realidad más que interés por usufructuar este obsequio imprevisto. Y rentable por donde se lo mire, una vez que se convierta en paradores, restaurants, bares, clubes y cuanto pueda imaginarse –literalmente- “sobre el río”.
¿Qué se puede hacer frente a esto? Por lo pronto varias organizaciones sociales, asociaciones ambientalistas y hasta universidades nacionales (tal el caso de La Plata) están siguiendo atentamente el caso y analizando alternativas para que este nuevo despojo. El Observatorio de Derecho en la Ciudad, de hecho, ha lanzado un comunicado al respecto en el que habla lisa y llanamente de ésta como de “la pérdida de territorios de uso común y público más grande, masiva y repentina para la sociedad en los últimos siglos”.
Por eso, lo que se intentará ahora es plantear la inconstitucionalidad del nuevo artículo por contradecir tratados internacionales a los que la Argentina ha suscripto y derogar, por ende, el articulo 1974 del nuevo Código Civil. Pero, hasta entonces, nada de acercarse a ríos, lagunas o lagos. Que la privatización, ahora, llega hasta las orillas y lo que antes era de todos hoy está entrenando dueño.