La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) presentó una serie de modificaciones que repercutirán en la vida financiera de los trabajadores autónomos. A través de la Resolución General 5488/2024, publicada el 4 de marzo, se establecieron prórrogas en los plazos de cumplimiento de obligaciones fiscales y se detallan condiciones especiales para acceder a beneficios tributarios.
La entidad nacional de control fiscal decidió ampliar hasta el 14 de marzo de 2024 el plazo para el pago de aportes personales correspondientes a los períodos de septiembre y octubre de 2023. En este contexto destacaron que la medida excluye a aquellos sujetos contemplados en la Tabla I del Anexo II del Decreto N° 1866/2006.
Con el objetivo de simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, ahora los trabajadores autónomos podrán efectuar sus pagos utilizando el Volante Electrónico de Pago (VEP). Este método, accesible a través de la plataforma de AFIP con clave fiscal, incluye la opción de pago mediante un código QR, proporcionando una vía rápida y segura para realizar las transacciones.
Como medida excepcional, aquellos contribuyentes que hayan abonado sus aportes personales durante al menos 8 meses del año calendario 2023 podrán acceder al beneficio de acreditación anual de hasta un aporte mensual.
Además, y para evitar posibles sanciones por retrasos y brindar mayor flexibilidad financiera, la obligación de pago del aporte personal correspondiente a enero de 2024 podrá hacerse, tras la prórroga, hasta el 14 de marzo de 2024.
Las disposiciones establecidas en la Resolución General 5488/2024 entrarán en vigor de manera inmediata, prometiendo un impacto directo y positivo en la comunidad de trabajadores autónomos del país.
Estas medidas representan un esfuerzo por parte de la AFIP para aliviar las cargas financieras de los contribuyentes autónomos y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en un contexto económico desafiante.