Apenas un día después de la denuncia por violencia de género presentada por Fabiola Yáñez, el ex presidente Alberto Fernández recibió este miércoles un nuevo revés judicial, por supuesto incumplimiento de deberes de funcionario público.
La agrupación Republicanos Unidos fue la que hizo la presentación, poniendo foco en el rol ejercido por la custodia presidencial, acusada de haber desprotegido a la ex primera dama en el contexto de la violencia de género que habría padecido.
La acusación por «violencia física y mental» que recae sobre Alberto Fernández se ramificó en una nueva denuncia orientada a investigar el rol de los custodios que se desempeñaron en la Quinta de Olivos para determinar en qué medida su accionar pudo haber contribuido al descuido de Yáñez.
La confirmación de Santoro
El líder de Republicanos Unidos, Yamil Santoro confirmó que su espacio político inició una nueva denuncia contra Fernández. Al respecto aclaró que «por fuera de la acción penal que le corresponde iniciar a la víctima, hay incumplimiento de los deberes del funcionario público».
«Todo habría ocurrido al amparo de un edificio público que había sido puesto al servicio del Primer Mandatario como vivienda, pero no como aguantadero para la comisión de ilícitos», dice la presentación judicial, tal como fue reproducida en el portal de Clarín.
El expediente fue abierto en Comodoro Py y será tratado en el juzgado de Marcelo Martínez de Giorgi.
El documento puso énfasis en que, de haber existido un cuadro de violencia física, «constituiría la vulneración de elementales normas de ética pública de carácter legal y reglamentario».
Por lo tanto, el foco de esta acusación se traslada a «quienes custodian al Presidente y su familia, todos ellos funcionarios que estaban a las órdenes del propio Presidente de la Nación».
En la presentación, se denunció asimismo que en caso de haber existido violencia física contra la ex primera dama, Alberto Fernández habría violado «el deber de utilizar la función y los bienes asignados al denunciado con fines lícitos y sin abusar de ellos para la comisión de ilícitos, el deber de rectitud, el deber de evitar acciones que desprestigien la función pública, el deber de seguir conductas que no puedan ser objeto de reproche, el deber de no adoptar represalias, a menos que las mismas emanen del ejercicio del cargo, y el deber de llevar adelante una conducta digna y decorosa”.