Cuando la periodista María Julia Oliván contó que le pidieron «el protocolo de la in vitro» en un registro civil porteño para tramitar el documento de su hijo Antonio, miles de tweets saltaron a las redes expresando enojo por lo que creían era una «violación a la intimidad» Indignación, desconcierto e información correcta o incorrecta. De qué se trata esta nueva norma del Código Civil y sus fundamentos.
Desde la sanción del nuevo Código Civil, que sostiene que es padre quien expresa la voluntad de serlo, quienes hayan tenido a sus hijos por técnicas de reproducción asistida, con o sin óvulos o espermatozoides donados, deben presentar una copia del consentimiento informado que firmaron en el momento del tratamiento, para inscribirlos en el Registro Civil y obtener su documento.
Esta voluntad expresa de paternidad, que es la formalización de la filiación de los niños nacidos por técnicas de reproducción asistida (TRHA), junto con la información sobre la técnica mediante la cual se concibió, queda plasmada en un legajo privado de cada niño.
El artículo 563 del nuevo Código Civil sostiene que la información relativa a las personas nacidas por THRA con gametas de un tercero deben constar en un legajo. Pero el pedido se ha extendido aún cuando el hijo es concebido con material genético de sus progenitores.
Según Marisa Herrera, abogada especialista en el tema y quien participó activamente en la redacción y reglamentación del nuevo Código Civil, esto tiene que ver con poder regular y arbitrar desde el Estado en los casos en los que hay conflictos entre los padres. El consentimiento informado es el instrumento legal para determinar el acuerdo de ambos de hacer esa técnica de reproducción asistida. Pero aún habiendo sido firmado puede revocarse justo antes del procedimiento (antes de que el óvulo y el espermatozoide sean fecundados in vitro o antes de una inseminación).
Ha habido casos, cuenta la abogada, en los que se recolectan las gametas (se aspiran los óvulos o se entrega la muestra de semen) y en el lapso que pasa hasta el procedimiento alguno de los dos futuros padres se arrepiente (porque la pareja se separa, porque a alguno le detectan una enfermedad, por ejemplo, o simplemente cambia de opinión) o muere.
También está en juego el derecho a conocer su origen de los niños nacidos por TRHA que se menciona en el artículo 564 para el caso de material genético donado, aunque el código señala al «centro de salud interviniente» como el responsable de brindar la información.
Pero el pedido de la documentación en los registros civiles hoy no es uniforme. A veces se pide el consentimiento autenticado por un escribano, lo que cuesta miles de pesos, otras nada. Guillermina Pieroni, de la ONG Concebir que agrupa a personas con infertilidad, sostiene que el problema reside en que no hay un criterio uniforme de todos los registros civiles -que según Marisa Herrera muchas veces no han leído el código civil y su reglamentación- por lo que usan incluso palabras incorrectas o piden distintas cosas y esto queda supeditado a cada distrito. “Con la copia del consentimiento informado alcanza. Les tiene que dar el documento”, agrega Pieroni, quien además es abogada especialista en el tema.
El tema saltó en las redes sociales cuando la periodista María Julia Oliván contó que para anotar a su hijo Antonio le pedían el “protocolo de la in vitro”. A partir de entonces miles de tweets se dispararon con argumentos como que “es una violación a la intimidad”, o “qué diferencia hay cómo concebiste a tu hijo”, “tengo hijos de 2 años y no me lo pidieron”, entre otros.