EL ARGUMENTO DEL JUEZ RAMOS PADILLA
“El Banco de la Nación Argentina es una entidad autárquica cuya creación compete al Congreso Nacional. Por lo tanto, es éste el único Poder que tiene la facultad de revocar dicho carácter y cualquier decisión sobre la modificación del estatus de autarquía de una entidad creada por el Congreso Nacional debe emanar exclusivamente del Poder Legislativo”, sostuvo el magistrado.
La decisión llegó en el marco de una acción promovida por trabajadores de la entidad en representación de todo el colectivo del BNA que también buscaba la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 13, 48, 51 del Decreto Nº 70/2023 y del artículo 24 de la Ley N° 26.122.
El fallo responde a una causa iniciada el 11 de junio del año pasado, con el objetivo de que se declarase “la nulidad e inconstitucionalidad de la Resolución Privativa del Directorio del BNA nº 348 así como de todo acto que tenga por objeto avanzar con la privatización de esa entidad bancaria”.