La resolución que emitió este lunes el Gobierno, estableció que las empresas de medicina privada podrán actualizar las cuotas de sus planes en forma diferenciada, en lugar de aplicar un único porcentaje para todos sus afiliados, tal como viene ocurriendo en la actualidad.
Con el cambio en el artículo 17 del decreto N° 1993 de 2011, se estableció que “los sujetos comprendidos en el artículo 1º de la Ley N° 26.682 y sus modificaciones podrán establecer libremente los valores de las cuotas de los planes de salud ofrecidos durante toda la vigencia del contrato. El porcentaje de ajuste podrá variar según las características específicas de cada plan de salud que comercialicen".
Además, la medida agrega: “El valor de la cuota de la última franja etaria no podrá superar el triple del valor de la cuota de la primera franja etaria. Los planes de cobertura para la última franja etaria deben estar disponibles sin límites de edad máxima, ya sea para la admisibilidad de nuevos usuarios o la permanencia de los existentes”.
“Las entidades deberán informar a los usuarios, de manera clara y destacada, las modificaciones en el valor de las cuotas y/o de los copagos. Esta comunicación, que deberá detallar el porcentaje de variación aplicado y el nuevo valor de la cuota mensual, se realizará dentro de los CINCO (5) días posteriores a la publicación del último Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC), organismo desconcentrado en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA”, agregó el documento que estableció que los usuarios deben ser notificados de los ajustes con una antelación no inferior a 30 días corridos previo al vencimiento.
El cambio
Hasta ahora las prepagas podían establecer libremente el valor de la cuota pero no tenían permitido aumentar en mayor medida a los planes más caros.
En medio de su pelea para evitar aumentos que impacten sobre la inflación, el Gobierno aspira a que esta medida permita actualizaciones más bajas para los planes más baratos y “una asignación más eficiente de los costos asociados a la prestación de servicios de salud”.
Modificación en la atención
Por otra parte, el decreto incluye además un cambio sustancial en el tratamiento de los afiliados de mayor edad. Se definió que los precios de las cuotas para los afiliados de la franja etaria más alta no podrán superar el triple de lo pagan los afiliados jóvenes por el mismo plan.
La medida también dispuso que las prepagas tengan sus planes de salud disponibles para los mayores sin límite de edad, tanto para afiliados nuevos como para los ya existentes.
Actualizar los planes de salud privada sin estar atado a un único porcentaje, entiende el Gobierno, evitará un perjuicio directo a la clase media que solo generaba distorsiones en el sistema y atentaba contra la libre competencia.