A pedido de Javier Milei, el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, ya tiene en sus manos el nuevo Código Penal, que será tratado en las próximas sesiones extraordinarias. Busca endurecer las penas contra la corrupción y proteger a la policía, entre otras innovaciones.
Según Infobae, el texto plantea una serie de reformas a la normativa actual, que data de 1921 y que, si es sancionada sin modificaciones, pasaría de 316 a un total de 540 artículos.
Fin a la libertad condicional
El nuevo Código, contempla el “impedimento de acceso a la libertad condicional en delitos graves”. Es decir, que no se le podrá conceder ese beneficio a personas declaradas reincidentes ni a las condenadas por delitos dolosos violentos que provocaron grave daño a la salud o la muerte, o abuso sexual agravado, entre otros.
En este sentido, la pena efectiva de prisión perpetua será de 35 años de cumplimiento total en cárcel y de 40, si es múltiple reincidente.
Del lado de las fuerzas de seguridad
Se suma un apartado sobre la legítima defensa y la “presunción en favor de la autoridad pública”, que indica que no será punible quien obrare en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo.
Tampoco será punible el miembro de alguna fuerza de seguridad pública o del servicio penitenciario que, “en el cumplimiento de su deber y en uso de sus armas en forma reglamentaria, causare lesiones o muerte”.
Barrabravas, piqueteros y ocupas
Asimismo, el nuevo Código Penal prevé un incremento del mínimo de la escala penal en dos tercios para los delitos de homicidio, lesiones, robo, tenencia y portación de armas de fuego cuando se cometan en el ámbito deportivo, artístico o de concurrencia masiva.
Esto afecta, principalmente, a los barrabravas que, además, serán condenados por nuevos actos que pasarán a ser ilegales, como el impedimento de un espectáculo deportivo, causar riesgo de aglomeración o avalancha.
Para los denominados “motochorros”, la iniciativa plantea penas de hasta 15 años de prisión. Incluye otros hechos, como el robo de celulares y las “salideras” bancarias.
Otro punto importante es que se tipifica la conducta “contra la seguridad del tránsito y los medios de transporte”, con condenas de hasta 3 años, por lo que se identifica a los piqueteros como delincuentes, siempre que no cuenten con autorización del Estado para sus manifestaciones.