Desde Casa Rosada oficializaron que se reglamentó el procedimiento para la importación de autos eléctricos e híbridos, eliminando las alícuotas del Derecho de Importación Extrazona, que anteriormente eran del 35%.
A través de la resolución 29/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, el ejecutivo procede a informar que este beneficio estará vigente por cinco años y tendrá un cupo máximo de 50.000 unidades anuales, con un valor FOB de hasta u$s16.000 por unidad. El Decreto 49/2025, publicado el 30 de enero, redujo el Derecho de Importación Extrazona para autos eléctricos e híbridos con un valor FOB (precio en fábrica) de hasta USD 16.000 por unidad. Con este medida se reglamentó el mecanismo para acceder a este beneficio.
La medida establece que, durante un período de CINCO (5) años, los vehículos beneficiados serán aquellos que utilicen tecnologías de motorización alternativas, tales como motores eléctricos, combinados o no con motores de combustión interna, o bien motores a celda de combustible.
Este decreto busca fomentar la incorporación de estas nuevas tecnologías en el mercado local, reducir los precios para los consumidores e impulsar una baja en el costo de los vehículos.
QUIENES SON LAS EMPRESAS QUE PUEDEN INSERTARSE EN LA INDUSTRIA
Las empresas que tengan terminales radicadas en el país y que realicen actividades de fabricación, así como el resto de los importadores, podrán postularse para recibir cupo de compra ante la Subsecretaría de Política Industrial mediante un trámite simple en la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) que funcionará en línea con la Aduana y con la Ventanilla Única de Comercio Exterior.
Vale la pena recordar que los autos que se importan de países de la región como Brasil, México, Colombia y Uruguay ya no pagaban arancel, por lo tanto ese cupo está destinado a autos híbridos o eléctricos que lleguen desde Asia, Europa y Estados Unidos.