Este lunes se lanzó un nuevo decreto por parte del gobierno de Javier Milei para implementar la receta electrónica y/o digital obligatoria para todo el país y tendrá vigencia a partir del 1° de julio. Cada provincia deberá determinar si se adhiere a esta nueva implementación que se impulsa desde Nación.
A través de una nueva reglamentación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), se establecieron los plazos y los objetivos para facilitar el acceso a los medicamentos y tratamientos de manera segura y eficiente. En cuanto a las recetas electrónicas y/o digitales actuales, continúan vigentes en su uso, siempre y cuando cumplan con los requisitos necesarios.
El objetivo de la reglamentación del DNU 70/23, coordinada por el Ministerio de Salud, tiene como objetivo mejorar la calidad en la prestación de servicios de salud a los ciudadanos, facilitando la identificación de los profesionales que prescriben medicamentos a través de la seguridad y eficiencia.
Cuatro conceptos fundamentales de la nueva receta electrónica
De esta forma, se establecieron las cuatro claves de esta nueva receta electrónica y/o digital. Estas son:
- La identificación de profesionales con capacidad para prescribir. Se va a garantizar la identificación a través de la Red Federal de Registro de Profesionales de la Salud (REFEPS). De esta forma, se aseguran que solo los profesionales debidamente acreditados puedan emitir prescripciones. Así, se mantiene la integridad y seguridad del proceso de prescripción.
- Un Registro Nacional de Soluciones Informáticas. Este registro incluye soluciones informáticas que brindan soporte en lo que respecta a la gestión sanitaria, abarcando todos los software que emiten recetas electrónicas. Así, se estandariza y asegura la calidad y seguridad de las plataformas que se utilizan en todo el territorio nacional.
- El Diccionario Nacional de Medicamentos. Este diccionario va a permitir que las soluciones de salud digital puedan usarlo como base de referencia. De esta forma, se facilita la identificación y dispensación de los medicamentos, ya que serán denominados por su nombre genérico.
- La comunicación y acceso a las recetas y órdenes electrónicas. Se propicia un sistema eficiente de comunicación y acceso a las recetas y órdenes electrónicas emitidas. También incluye la declaración de la dispensa de medicamentos, la información sobre el producto y su eventual sustitución en las farmacias. Así, es posible tener un seguimiento eficaz del tratamiento prescrito al paciente, desde el momento de prescripción, hasta el de dispensación.
Venta y despachos de medicamentos
Por otro lado, con respecto a la venta y despacho de medicamentos bajo receta, tendrán que realizarse en la farmacia, junto con un farmacéutico responsable (director técnico y/o farmacéutico auxiliar). La venta y entrega van a poder ser acordadas por canales electrónicos determinados por la farmacia.