Paritaria de empleadas domésticas: ¿Cuánto cobrarán en agosto?

Por: #BorderPeriodismo

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) cerró una nueva paritaria para las empleadas domésticas para julio y agosto. Así, los aumentos se establecen en 8,5% y 4%, respectivamente.

En el caso de aquellas trabajadoras que ya hayan percibido su remuneración de julio, les corresponderá un retroactivo para alcanzar lo acordado en la paritaria.

Además, hay montos adicionales: por antigüedad corresponde un 1% por cada año trabajado con el mismo empleador sobre el salario mensual.

Así mismo, se debe abonar un 30% más por zona desfavorable para el personal que trabaje en: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

Cómo es la escala salarial de julio 2024, categoría por categoría:

Personal para tareas específicas

  • Sin retiro: $3154 por hora y $392.034 mensual
  • Con retiro: $2876 por hora y $352.177 mensual

Supervisores

  • Con retiro: $3038 por hora y $379.070 mensual
  • Sin retiro: $3327 por hora y $422.241 mensual

Caseros

  • $2176 por hora y $343.606 mensual

Cuidado de personas

  • Con retiro: $2716 por hora y $343.606 mensual
  • Sin retiro: $3038 por hora y $382.912 mensual

Tareas generales

  • Con retiro: $2519 por hora y $309.001 mensual
  • Sin retiro: $2716 por hora y $343.606 mensual

Cómo es la escala salarial de agosto 2024, categoría por categoría

Personal para tareas específicas

  • Sin retiro: $3280 por hora y $407.715 mensual
  • Con retiro: $2991 por hora y $366.265 mensual

Supervisores

  • Con retiro: $3159 por hora y $394.233 mensual
  • Sin retiro: $3460 por hora y $439.131 mensual

Caseros

  • $2825 por hora y $357.350 mensual

Cuidado de personas

  • Con retiro: $2825 por hora y $357.350 mensual
  • Sin retiro: $3159 por hora y $398.229 mensual

Tareas generales

  • Con retiro: $2620 por hora y $321.365 mensual
  • Sin retiro: $2825 por hora y $357.350 mensual

Por otra parte, la legislación vigente aclara que para aquellos trabajadores comprendidos en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844 (empleados formales del servicio doméstico), que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, debe percibir su salario considerando el importe establecido para la modalidad retributiva “mensual”, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.

Respecto de quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales, el salario se debe liquidar de acuerdo a la modalidad retributiva “por hora”.

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