Suba del mínimo no imponible de Ganancias: ¿Qué salarios pagarán el impuesto?

Por: #BorderPeriodismo

En septiembre se actualiza el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, en línea con la inflación acumulada entre junio, julio y agosto. El aumento quedó establecido en la ley 27.737 conocida como reforma fiscal.

Esta suba del piso se aplicará para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de septiembre de 2024, es decir, el que se cobra entre fines de ese mes y principios de octubre.

Luego de la publicación del IPC del mes pasado, que marcó 4,2%, el mínimo no imponible pasará de $1.800.000 a $2.040.300 en bruto para los trabajadores solteros y sin hijos. Por su parte, para los casados con dos hijos, el piso de ingresos pasará de $2.300.000 a $2.682.208.

En esa línea, a finales de junio, la AFIP reglamentó una serie de cambios en el Impuesto a las Ganancias de acuerdo a la ley 27.737. En lo que resta del año, habrá otra actualización trimestral en diciembre, cuando se volverá a elevar por el IPC. En el año 2025 se comenzará a ajustar de forma semestral.

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Mercado Pago eliminó las retenciones del IVA y Ganancias de los cobros online

A partir del domingo 1 de septiembre, la billetera virtual de Mercado Pago informó a sus usuarios que «ya no se aplicará retenciones de IVA y Ganancias en cobros online, tras los cambios del Gobierno», independientemente al «número de operaciones mensuales».

Esta modificación surge a partir de la Resolución 554/2024 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que fue publicada el 21 de agosto en el Boletín Oficial, y que estableció la eliminación de estos impuestos para el cobro con medios electrónicos.

Fue a través de una notificación electrónica de la misma plataforma que la mayoría de los usuarios se enteraron de esta nueva medida. «Sin importar el número de operaciones que tengas por mes, tus cobros con Point, QR, Link de pago, Checkout de Mercado Pago dejarán de estar alcanzados por estas retenciones, según lo dispuesto por AFIP”, informaron desde Mercado Pago.

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Por su parte, a través de la página oficial del Ministerio de Economía se aclaró que «este beneficio libera los pagos de la retenciones impositivas nacionales, alcanza a todo el universo de contribuyentes ya que se amplió el alcance de la medida«. Antes, solo comprendía a «pequeños contribuyentes y operaciones».

«El Ministerio de Economía mediante la Resolución N° 780 del 20 de agosto de 2024 encomendó a la Administración Federal a dejar sin efecto, para los pagos que se efectúen a partir del 1 de septiembre de 2024, inclusive, los regímenes de retención de los impuestos al valor agregado y a las ganancias establecidos», se confirmó.

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