La Corte del Distrito de Columbia, en los Estados Unidos falló en contra de Argentina en un caso por la nacionalización de Aerolíneas Argentinas en el año 2008. A partir de esto, se habilitó a que el CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones) ejecute una deuda que el Estado Nacional tiene por un monto de USD 340 millones.
Según puede leerse en el fallo, el fondo de inversión Titan Consortium, demandó a la República Argentina para la ejecución de un laudo arbitral emitido por el CIADI. Según sostiene el escrito, “La Argentina intentó desestimar la demanda por haber prescrito, pero la falta de un período de prescripción expresada en la Sección 1650a complica un poco las cosas. Argentina argumenta que el período de prescripción aplicable es de tres años (según lo tomado de la Ley de Arbitraje Federal o de D.C.), lo que hace que el reclamo de Titan sea extemporáneo”.
Titan se opone a esto bajo el argumento de que “el período de prescripción aplicable es de doce años, de conformidad con el Código D.C. 15-101, que rige la ejecución de sentencias dictadas por los tribunales del Distrito de Columbia”. A partir de esto, y “tras revisar el pequeño conjunto de opciones viables, el Tribunal concluye que el plazo de prescripción es de doce años y, por lo tanto, la demanda de Titan es oportuna. Por lo tanto, la Corte NIEGA la moción de desestimación presentada por Argentina”.
La presentación del fondo de inversión es una derivación de la nacionalización de Aerolíneas Argentinas, en 2008. En ese momento, la empresa estaba en manos del grupo Marsans, empresa española que acudió al Ciadi, institución que en el 2019 determinó que la Argentina debía pagar USD 340 millones por esa operación forzosa. Después le fueron transferidos los derechos del litigio al fondo de inversión inglés, Burford Capital, que lleva adelante el juicio por la expropiación de YPF, en 2012, quien a su vez se los traspasó a Titan Consortium, dos años después. Titan finalmente llevó el caso al tribunal arbitral en Columbia, distrito al que pertenece la ciudad de Washington.
Al ser el Ciadi una instancia de arbitraje, no puede obligar al cumplimiento del pago de las sentencias, así para cobrar lo que se pretende se deberá recurrir a la Justicia. Titan podría pedir embargar activos del Estado, ya que Argentina prácticamente no tiene bienes embargables en el exterior.