Los fondos Attestor Master y Bainbridge, dos de los acreedores que mantenían reclamos judiciales contra la Argentina por bonos en default desde 2001, informaron a la Justicia de Estados Unidos que recibieron los pagos acordados con el Gobierno y solicitaron el cierre definitivo de los expedientes.
La presentación de los bonistas se produjo luego de que el Congreso argentino aprobara en julio los acuerdos alcanzados con ambos fondos, una instancia necesaria para habilitar los desembolsos.
Bainbridge presentó el 29 de julio un escrito ante el Tribunal de Distrito Sur de Nueva York, el mismo fuero que concentra la mayoría de las demandas vinculadas a la deuda en default y que actualmente está bajo la órbita de la jueza Loretta Preska, tras el fallecimiento del magistrado Thomas Griesa.
En el documento, el fondo señaló que la sentencia favorable obtenida en diciembre de 2020 quedó completamente satisfecha luego del acuerdo firmado con la Argentina el 1° de abril de 2026. Ese entendimiento estableció un pago acordado como cancelación total del capital, intereses y otros reclamos relacionados con los bonos.
“El fallo a favor de Bainbridge quedó totalmente satisfecho con el pago”, indicó el escrito presentado ante la Justicia estadounidense.
Tanto Bainbridge como Attestor formaban parte del grupo de acreedores conocidos como holdouts, aquellos bonistas que no ingresaron a los canjes de deuda posteriores al default y que continuaron con reclamos judiciales contra el país.
Según información oficial publicada por el Gobierno, Bainbridge recibió US$67 millones por el acuerdo aprobado por el Congreso. En tanto, Attestor habría cobrado una suma cercana a los US$104 millones, aunque los detalles completos de ese entendimiento no fueron difundidos públicamente.
La norma que autorizó los pagos fue sancionada por el Congreso a fines de junio y publicada en el Boletín Oficial el 1° de julio. Allí se habilitaron dos acuerdos: uno con Bainbridge y otro con un grupo de fondos encabezado por Attestor Master.
Desde el Tesoro habían informado que ambos desembolsos serían registrados como “servicios de la deuda”. Tras la confirmación de los propios acreedores ante los tribunales, esos pagos quedaron formalmente concretados.



