El titular del Polo Obrero, Eduardo Belliboni, y otras 14 personas, fueron procesadas por La Cámara Federal de Casación Penal en la causa que investiga el desvío de fondos públicos que eran pagados por el Estado a través de planes sociales. El tribunal rechazó las apelaciones que presentaron las defensas de los acusados.
Esta decisión fue tomada por los jueces de la Sala IV de Casación, Javier Carbajo, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos en un fallo que dictaron la semana pasada. “Los recurrentes no lograron demostrar los agravios actuales de tardía o imposible reparación ulterior que les genera la decisión del a quo de rechazar los planteos de nulidad y confirmar los procesamientos de los aquí imputados así como las medidas cautelares dispuestas”, señalaron los jueces. Con este fallo, los acusados quedaron muy cerca del juicio oral y público.
Casación intervino ante las apelaciones al fallo de la Cámara Federal que en noviembre pasado ya había confirmado el procesamiento de los acusados en un fallo en el que además agravó su situación: se les imputa los delitos de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, amenazas coactivas y extorsión.
Para el tribunal los acusados sacaron “provecho de su posición dominante” cuando “exigían el aporte de dinero a gente de escasos recursos, sumamente vulnerables”, que quedaban afuera de un programa ideado para promover su inclusión social. “Las comprobadas exigencias de asistir a las movilizaciones se las calificará como amenazas coactivas, mientras que a la obligación de aportar un porcentaje de su sueldo será subsumida bajo la figura de extorsión”, agregó la Cámara.
Para la justicia quedó revelado que el Polo Obrero recibía fondos públicos de planes sociales que eran desviados con fines políticos y que quienes los recibían eran amenazados para ir a manifestaciones a cambio de ese beneficio. Como las ONG sociales están a cargo de las unidades de gestión donde los beneficiarios de planes deben realizar una tarea obligatoria a cambio del cobro del plan, la extorsión se habría efectuado negando los subsidios a quienes no participaban de las marchas.
El fallo de la Cámara Federal que confirmó los procesamientos fue apelado por Belliboni y por otros 14 acusados (entre ellos Centanni, Dotti, Lubenfeld, Ortíz, Coego, Palma, Delgado Vilches, Cantero, Puppo, Candotti, Vásquez, Paraguay Estrada, Grande Arancibia y Albornoz) que fueron rechazados por la Cámara de Casación.
“La decisión recurrida en casación no cumple con el requisito de impugnabilidad objetiva previsto por el artículo 457 del C.P.P.N. ya que no se trata de una sentencia definitiva ni de un auto que ponga fin a la acción, a la pena o haga imposible que continúen las actuaciones, o de aquellas que deniegan la extinción, conmutación o suspensión de la pena”, resaltaron los jueces del tribunal.