Luego de que se aprobara la Ley Bases – la cual ahora debe girar a Diputados – fue el turno del Paquete Fiscal. Luego de que el texto se aprobara en general, los senadores rechazaron el título tercero y dejaron caer así los cambios del Impuesto a los Bienes Personales. También rechazaron el capítulo dedicado al Impuesto a las Ganancias. Fue rechazado por dos votos durante la votación en particular del paquete fiscal. Hubo 37 opiniones en contra y 35 a favor.
Cómo queda Bienes Personales
Mínimo No Imponible: Se mantiene en $27 millones. Los inmuebles destinados a casa-habitación no estarán alcanzados por el impuesto cuando su valuación resulte igual o inferior a $136.887.041,42.
Alícuotas Vigentes: Las alícuotas actuales van desde el 0,5% hasta el 1,75%. Los bienes en el exterior tributarán una alícuota más alta de hasta 2,25%.
Deducción por Vivienda Personal: no se modifica la Deducción actual. Se había propuesto un cambio de incrementarla a $350 millones, el cual fue rechazado.
Diferenciación entre Bienes Locales y Exteriores: Se mantienen las diferencias, con bienes en el exterior pagando una tasa máxima de 2,25%.
Programa de Beneficios para Pagos Adelantados: No se implementa el régimen de pago adelantado de cinco años.
Beneficios para Contribuyentes Cumplidores: No se establece la reducción de 0,5% en la alícuota para contribuyentes cumplidores.
El texto que se había aprobado en general proponía subir el mínimo no imponible de Bienes Personales de $27 millones a $100 millones, además de una reducción de alícuotas a un rango que va del 0,5% a 1,5%, cuando hoy llegan al 1,75 por ciento.
Además, se eliminaban las diferencias entre bienes locales y bienes en el exterior, que hoy pagan una alícuota más alta y que llega al 2,25%, además de un programa de beneficios para pagos adelantados que aspiraba a sumar recaudación en el corto plazo. Sin embargo, esos cambios se frustraron.
También se rechazó el Capítulo 3, que proponía el pago adelantado de Bienes Personales.
Cómo eran los cambios en Bienes Personales que planteaba el paquete fiscal
El dictamen del proyecto de Paquete Fiscal acordado en el Senado mantenía las bajas de las alícuotas máximas introducidas en Diputados: las mismas iban de 1,5% en 2023 a 0,25% en 2027.
Así mismo, se mantenía la suba a $100 millones del piso a partir del cual se debería tributar por el período fiscal de 2023, cuya declaración hubiera debido hacerse a partir del mes próximo. Además, la deducción por la vivienda personal ascendía para este ejercicio a los $350 millones.
Para quienes adhieran a la regularización de activos, las tasas irán de 1,80% en 2023 a 0,30% en 2027, según el esquema de reducción previsto.
Además, el texto que terminó siendo rechazado por los senadores es que se mantenía la eliminación de las diferentes alícuotas que se aplican actualmente a los bienes en el exterior. De acuerdo a lo que marca la ley vigente, los mismos tributan una tasa de 2,25%, todo un salto respecto de la tasa máxima del 1,75% que pagan los bienes locales en el presente.
El texto rechazado también incluía beneficios que establecía el proyecto para los contribuyentes cumplidores, los cuales obtendrían una reducción de 0,5% según la alícuota que paguen. Por ejemplo, si les correspondía pagar 1,5%, pasarían a pagar 1%).
También se rechazó la propuesta de un nuevo esquema de pago por adelantado del impuesto. La misma proponía un régimen de pago adelantado por 5 años del Impuesto sobre los Bienes Personales, el cual consistía en abonar anticipadamente los períodos fiscales que van desde 2023 hasta 2027. Para el cálculo del patrimonio, se determinaría el impuesto considerando los bienes valuados y existentes al 31 de diciembre 2023, a lo que se aplicaría una alícuota reducida de 0,45% por cada año. Quienes adhirieran a ese régimen quedarían liberados de presentar declaraciones juradas, anticipos y cualquier obligación vinculada con el impuesto por los próximos 5 períodos fiscales. Sin embargo, esta iniciativa no prosperó, aunque su futuro depende del tratamiento que se le vuelva a dar en Diputados.
Blanqueo:
Entre los cambios que sufrió el paquete fiscal también se incluye la posibilidad de que las criptomonedas sean parte de los bienes que puedan ser regularizados “sin importar quien ha sido su emisor, quien es su titular o donde estuvieran depositadas, custodiadas o guardadas”. Sin embargo, la iniciativa fue quitada del texto, frente al rechazo opositor.
Con respecto al dinero que sea regularizado y depositado a Cuenta Especial de Regularización de Activos, se sumó la posibilidad de que el Poder Ejecutivo promueva con éste “la inversión productiva de pequeñas y medianas empresas en las Provincias de menor grado de desarrollo relativo o fomentar el crédito de las mismas”.
Se excluyó del régimen tanto a los funcionarios públicos de los últimos diez años (En el texto original se contemplaban aquellos que se hayan desempeñado en los últimos cinco años) así como también a los hermanos de los funcionarios públicos. Se sumaron a los cónyuges, convivientes, padres e hijos.
También se incluyó la prohibición de inscribirse en blanqueos futuros hasta el 31 de diciembre de 2038 y se sumó un nuevo artículo para aumentar un 20% la alícuota del impuesto a los Bienes Personales para quienes se inscriban en el blanqueo. Con esto, la tasa pasaría del 0,5% al 0,6%.
Impuesto a las Ganancias:
Luego de incrementar un 22 % el mínimo no imponible para La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut y Santa Cruz, la base del tributo para los contribuyentes de estas provincias pasará de $1,8 a $2,2 millones para solteros, y de $2,2 a $2,6 millones para casados con hijos. Técnicamente, no se cambiaron los montos de las escalas sino que se prevé un aumento en los descuentos por conceptos como cargas de familia, entre otros.
Mientras tanto, para la provincia de Tierra del Fuego, se sostiene la exención impositiva -donde se incluye el impuesto a las Ganancias- estipulada en la ley 19640.
Además, se incluyó la posibilidad de que se puedan deducir el 100 % de los intereses de los créditos hipotecarios.
Monotributo social:
Se mantiene con un esquema diferente al vigente, según el cual quien adhiera pagará un monto mínimo en carácter de jubilación y la obra social será optativa.
Ley Minera:
Se busca modificar el artículo 22 de la ley 24.196, sobre inversiones mineras. Con esto, se incrementería del 3% al 5% el tope de regalías percibidas por las provincias sobre el valor ‘boca mina’ del mineral extraído.