El Gobierno anunció una flexibilización de las condiciones para que los bancos puedan otorgar préstamos en dólares a empresas que hasta ahora no tenían acceso a este tipo de financiamiento.
El ministro de Economía, Luis Caputo, explicó que la modificación responde a un pedido del sistema financiero y permitirá ampliar el universo de compañías habilitadas a tomar créditos en moneda extranjera. “Estamos anunciando una flexibilización parcial de lo que son los préstamos en dólares a personas jurídicas”, señaló.
La normativa alcanzará a empresas, pero no a personas humanas. “Estamos extendiendo esas posibilidad a todas las empresas”, afirmó Caputo, quien remarcó que la medida estará “dentro de un marco de medidas macroprudenciales”.
El ministro detalló que las entidades financieras tendrán un límite para utilizar los depósitos en moneda extranjera de sus clientes. “Solamente van a poder prestar los bancos hasta una 15% de sus depósitos en dólares, también habrá exigencia de capitales mínimos y de límites a la exposición crediticia”.
Además, los préstamos deberán convertirse a pesos. “Se mantiene la obligación de liquidar estos préstamos en el mercado único y libre de cambios. Si una empresa toma un crédito en dólares tiene que liquidarlos: tiene que convertirlos en pesos”, explicó.
Respecto de las condiciones de los créditos, Caputo indicó que “los dictará el mercado” y que serán “los mismos que se aplican en cualquier préstamo”.
Durante una conferencia de prensa, el Ministro de Economía aseguró que, desde su cartera, se reunieron con diversos bancos para ocuparse del aumento de familias endeudadas. En esos encuentros, les pidieron a las entidades flexibilidad y consideración ante esa situación, y, de acuerdo al funcionario, los bancos la tuvieron. "Nos dijeron que estaban refinanciando las moras", añadió.
Según las estimaciones oficiales, la iniciativa podría generar entre USD 6.000 millones y USD 10.000 millones adicionales en el mercado. El funcionario sostuvo que la medida será “excelentemente bien recibida” por las industrias y el sistema financiero, además de contribuir a aumentar el crédito y reducir las tasas. “Lo hacemos de manera prudencial para no generar ningún problema en la economía”, aseguró.
Luego del anuncio, el Banco Central confirmó que el DNU modificará el artículo 23 del Decreto 905/02. Las nuevas financiaciones con depósitos en dólares destinadas a empresas que no estén contempladas en los destinos habilitados hasta ahora no podrán superar, en conjunto, el 15% de los depósitos en moneda extranjera de cada banco.
Además, tendrán un tratamiento prudencial más exigente. El requisito de capital mínimo será equivalente al 125% del correspondiente a financiaciones comparables, mientras que para los límites de exposición crediticia computarán por 1,25 veces la exposición habitual.



