El Gobierno nacional decretó este viernes que las aeronaves que pertenecen al Estado no podrán ser utilizadas para «ninguna actividad privada», según dieron a conocer desde Presidencia. De esta forma, solamente estarán afectadas a las tareas que hacen a su condición jurídica esencial al poder público.
“Las aeronaves públicas no podrán ser utilizadas para realizar ninguna actividad aérea distinta de aquella que hace a su condición jurídica esencial al servicio del poder público”, detallaron a #BORDER. A su vez, queda prohibida “su utilización en cualquier actividad aérea que, por su condición, pueda ser considerada propia de una aeronave privada”.
Esto fue detallado en el decreto 2024-712 que firmó el presidente Javier Milei durante este viernes.
Así mismo, destacaron que la medida abarca no solo a las aeronaves pertenecientes a Nación, sino que también a aquellas de «las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires, de los Municipios y de entes descentralizados, desconcentrados o de empresas estatales».
Sin embargo, «podrán realizar actividades aerocomerciales de transporte aéreo y trabajo aéreo en cuanto cuenten con las autorizaciones correspondientes otorgadas por la autoridad aeronáutica”.
A su vez, desde el gobierno mencionaron que “los servicios de navegación aérea deberán otorgar prioridad de operación a las aeronaves públicas”. Estas “podrán ser objeto de todo tipo de contratos interjurisdiccionales de utilización, siempre que todas las partes involucradas pertenezcan al Sector Público”.
Finalmente, esta decisión instruirá a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), que tendrá hasta 120 días para dictar «una normativa específica relativa al uso de aeronaves públicas o privadas de propiedad estatal».