La Corte Suprema de Justicia rechazó el planteo de la Asociación de Magistrados que cuestionaba el fallo del máximo tribunal y finalmente decide restar poder a los jueces nacionales para otorgarle mayores atribuciones al Tribunal Superior de Justicia de CABA.
"(La postura de la Asociación de Magistrados) Resulta de todos modos improcedente pues, como lo tiene repetidamente decidido esta Corte, sus sentencias definitivas e interlocutorias no son susceptibles de ser modificadas por el recurso de revocatoria (artículos 238 y 160 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), ni por el de nulidad, salvo situaciones excepcionales que no concurren en la especie", abundó.
Rosatti y Lorenzetti argumentaron que la Asociación de Magistrados no era parte en el expediente e insistieron en que las sentencias de la Corte, al ser la máxima instancia, no son recurribles. Rosenkrantz, por su parte, se plegó al voto de los miembros restantes, aunque aclaró que eso no cambia no cambia su postura disidente del fallo original.
De esta forma se le otorga más poder a la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires para revisar las decisiones de las causas civiles, comerciales, laborales y penales. La sentencia contempla que después de la intervención en una causa por parte de una Cámara Nacional, se puede apelar a la justicia porteña antes de la Corte nacional.
Esto cayó mal entre los jueces nacionales, quienes deberán pasarán sus causas a la Justicia porteña, lo que es visto casi como un traspaso de sus funciones.