Río Negro se diferencia de Nación y aprobó la «ficha limpia»

La ficha limpia será computado a partir del momento en que el tribunal de impugnación provincial dicte la sentencia confirmatoria o habiendo quedado la sentencia penal firme cuando la persona imputada no interpusiera impugnación.
Por: #BorderPeriodismo

En una sesión extraordinaria, la Legislatura de Río Negro sancionó este miércoles, por mayoría, la ley de «ficha limpia», con el objetivo de garantizar que las personas condenadas por delitos dolosos con sentencia judicial en segunda instancia, no puedan ser candidatas a cargos públicos electivos, ni ser designados para ejercer cargos partidarios.

La iniciativa tenía el impulso del gobernador Alberto Weretilneck, y de esa forma se distanció de la gestión de Javier Milei que quedó envuelta en la polémica por el no tratamiento de esta ley a nivel nacional, que era resistida por el kirchnerismo. El PRO era el principal interesado en convertirla en ley, pero el hecho de que pueda impedir una candidatura de Cristina Kirchner hizo metiera ruido en la estrategia electoral de La Libertad Avanza.

Durante el debate, el oficialismo provincial aceptó sumar al Poder Ejecutivo. Es decir, que para ser designado como funcionario (además de los límites que impone la Ley de Ética Pública) también se tendrá en cuenta la nueva legislación. El texto sancionado, invita a los municipios y al Poder Judicial a adherir.

La ley provincial de ficha limpia fue aprobada con 36 votos positivos y 5 negativos. Cinco legisladores estuvieron ausentes. Al igual que a nivel nacional, el kirchnerismo rechazó votar a favor del proyecto. Por su parte, el peronismo rionegrino no K votó dividido.

El debate, que se extendió por más de tres horas en la Legislatura rionegrina, fue motivo de chicanas, cruces y declaraciones rimbombantes a favor y en contra de la propuesta.

La iniciativa contempla que no podrán ser candidatas y candidatos a cargos públicos electivos, ni ser designados para ejercer cargos partidarios las personas condenadas por delitos dolosos con sentencia judicial en segunda instancia, por el plazo que dure la condena.

Será computado a partir del momento en que el tribunal de impugnación provincial dicte la sentencia confirmatoria o habiendo quedado la sentencia penal firme cuando la persona imputada no interpusiera impugnación Quedan exceptuados los condenados por delitos contra el honor, es decir, calumnias e injurias.

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