Viajes de funcionarios al exterior: cambios en los viáticos, alojamiento y pasajes

Por: #BorderPeriodismo

El gobierno nacional oficializó este miércoles un ajuste al régimen de viáticos, alojamientos y pasajes de los funcionarios públicos que viajen al exterior. La nueva normativa detalla a qué pasajes tendrán acceso los funcionarios según su rango.

La nueva normativa, publicada en el Boletín Oficial, fue firmada por Francos y la ministra de Relaciones Exteriores, Diana Mondino. La misma establece que los traslados en cumplimiento de misiones o comisiones al exterior que sean de carácter oficial deberán efectuarse obligatoriamente por » la vía más corta y de menor costo».

Sobre los pasajes aéreos, el documento explica: «Los traslados en cumplimiento de misiones o comisiones al exterior de carácter oficial deberán efectuarse por la vía más corta y de menor costo; ambos factores deberán tenerse en cuenta, priorizándose el primero por sobre el segundo, tanto a la ida como al regreso».

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El funcionario que realice el viaje deberá informar sobre la decisión en «carácter de declaración jurada» que el evento al que deba asistir «no cuenta con alternativas que permitan la intervención adecuada a distancia» y que la presencia en el mismo «resulta impostergable para los intereses del Estado Nacional».

También se detalló que se seleccionará «la aerolínea que realice la ruta más corta y cuente con la tarifa más apropiada en la medida que ello fuera posible». Según informaron desde el Gobierno, los pasajes deberán emitirse por una misma aerolínea en la ruta de ida y de vuelta, cuando esta «fuese la opción más económica».

Además, el oficialismo limitó las comitivas a un máximo de «un funcionario o una autoridad por cada evento o actividad internacional». En este sentido, el texto detalla que «ante la exigencia excepcional de ampliación de la comitiva, la autoridad requirente deberá justificarlo expresamente mencionando los motivos que fundamentan la presencia de cada integrante adicional».

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Siendo el artículo 3 el que establece que será el jefe de Gabinete el responsable de «aprobar los traslados en misión y comisión al exterior de carácter oficial» cuando se trate de «Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, demás funcionarios con rango y jerarquía de Ministro y de aquellos otros funcionarios con dependencia directa del mismo».

Según el tipo de pasaje al que podrán acceder, la normativa divide en cuatro grupos a los funcionarios públicos:

Los funcionarios comprendidos en el Grupo A, de nivel de ministro o superior, podrán acceder pasajes en clase ejecutiva. En el caso del traslado de funcionarios con rango de secretario, solo podrán viajar en clase ejecutiva para viajes de duración mayor a 8 horas.

A los funcionarios comprendidos en los Grupos B, C y D se les extenderán pasajes en clase económica.

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Finalizando, se exceptúa de lo dispuesto en los artículos 2°, 3°, 4°, 5°, 6° y 7° de la medida a las Autoridades y funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

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