Los bares y restaurantes porteños no podrán utilizar sus terrazas y patios, según se desprende de la Decisión Administrativa 1600/2020 que publicó este jueves el gobierno nacional.
En la disposición que autoriza el funcionamiento de establecimientos gastronómicos al aire libre, se aclara que se podrá hacer “exclusivamente en vereda, calzada u otros sectores del espacio público, sin el uso de espacios o salones interiores, patios interiores, terrazas jardines o similares».
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Además, “la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá realizar, en forma conjunta con el Ministerio de Salud de la Nación, el monitoreo de la evolución epidemiológica y de las condiciones sanitarias correspondientes», y «los empleadores o las empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, y que estas y estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros».
Por otra parte, la disposición aclara que solo podrán abrir aquellos lugares que ya contaren “con habilitación para funcionar al aire libre, en vereda, calzada u otros sectores del espacio público otorgada por la autoridad correspondiente de la jurisdicción con anterioridad al dictado de la presente decisión administrativa”.
El protocolo
Desde el lunes, todos los restaurantes, bares, cafés y locales de comida rápida habilitaron las mesas al aire libre, donde se pueden sentar un máximo de cuatro personas, y con el uso permanente de tapabocas, tanto para el personal como para las personas ajenas al establecimiento, sean clientes o proveedores.
Por último, los locales deben colocar cartelería visible en el establecimiento, con información actualizada sobre métodos de prevención para el COVID- 19, ofrecer alcohol en gel o satinizante, y señalizar cantidad máxima de personas por área de servicio.