Pidieron la quiebra de Crónica por el juicio de Jazmín de Grazia

Por la publicación de las fotos de la modelo muerta, el diario perdió un juicio. Pero se niega a pagar la indemnización a los padres.
Crónica
Créditos: Crónica
Por: #BorderPeriodismo

Jazmín de Grazia murió el 5 de febrero de 2012. Cinco días después, el diario Crónica publicó un artículo en su tapa titulado “Pobre Jazmín”, donde se la veía recostada, desnuda y sin vida en el baño de su departamento.

Lo que siguió a esto, además del dolor eterno de sus padres, fue un juicio contra la editorial Sarmiento, responsable de esa publicación. Once años después, con la demanda ganada, con sentencia firme, la empresa se rehúsa a pagar lo que dictó la Justicia. Por este motivo, se le pidió la quiebra.

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En julio del año pasado, Crónica cumplió una parte de lo que le correspondía por haber perdido el juicio: mostró en una de sus ediciones el fallo que los condenaba por haber publicado las fotos. El texto salió perdido entre notas de espectáculo y sin ninguna explicación sobre lo que había pasado. Lo que no cumplió el diario Crónica fue el pago que ordenó la jueza Gilardi Madariaga de Negre, quien tuvo en cuenta lo dispuesto por el artículo 31 de la ley 11.723, que dice que “el retrato fotográfico de una persona no puede ser puesto en el comercio sin el consentimiento expreso de la persona misma y, muerta ésta, de su cónyuge e hijos o descendientes directos de éstos o, en su defecto, del padre o de la madre.”

Como en el delito también estuvo involucrada la Policía -que fue la que entregó las fotos-, el mismo reclamo se le hizo al Estado Nacional. Ambos demandados debían indemnizar a los padres de Jazmín. La orden era que a Ricardo de Grazia le correspondían 200 mil pesos por daño psicológico y 500 mil pesos por daño moral. En tanto a Marta Schmidt, su madre, debían pagarle 500 mil pesos, también por daño moral. El Estado Nacional pagó en tiempo y forma lo que debía, pero el diario no.

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Crónica, que llevó este proceso hasta la Corte Suprema, se defendió diciendo que las imágenes de Jazmín eran de “interés público”. Sin embargo, la magistrada consideró que “tales imágenes no guardan relación alguna con el interés general que pudiera tener el público en conocer sobre la noticia de la muerte de Jazmín De Grazia, más allá de la actuación pública que esta pudiera haber tenido en vida, como modelo o como panelista en programas de televisión” y que esa publicación, lejos de informar al público, “constituyó un verdadero despliegue de morbosidad extrema absolutamente innecesario, que provocó expresiones de repudio generalizado no solo dentro de la sociedad, sino también de varios medios de comunicación y que, indudablemente, resultó ofensivo para los sentimientos de los padres”.

En el fallo también quedó probado que las fotos las repartió la División Fotografía de la Policía Federal Argentina. Esas imágenes estaban destinadas exclusivamente a servir de prueba en la investigación judicial acerca de las causas de la muerte de Jazmín. De esta manera, la jueza consideró acreditada la violación del deber de custodia del material fotográfico que recaía sobre los funcionarios policiales.

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