La Sala I de la Cámara Federal de la Ciudad confirmó este lunes el procesamiento con prisión preventiva para el líder de la Banda de los Copitos, Gabriel Carrizo, por considerarlo participe secundario en el ataque a la vicepresidente, Cristina Fernández de Kirchner. En la misma resolución pidieron por la «inmediata liberación» de la amiga de Brenda Uliarte, Agustina Díaz.
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Los camaristas analizaron los últimos procesamientos dictados por la jueza federal María Eugenia Capuchetti en el marco del expediente que investiga el intento de asesinato de la expresidente, Cristina Kirchner. En el segundo tramo de la investigación, se avanzó en la acusación contra Gabriel Carrizo y Agustina Díaz, ambos procesados como participes secundarios del delito de homicidio calificado, agravado por el empleo de armas de fuego, alevosía y premeditación, en grado de tentativa.
En ese sentido, al momento de analizar el grado de responsabilidad de Carrizo y Díaz, los jueces Mariano Llorens, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi concluyeron que, los delitos mencionados deberían ser atribuidos el jefe de la banda, Carrizo. En consecuencia entendieron que no había elementos suficientes para responsabilizar a Agustina Díaz. Por lo que, Díaz continuará siendo investigada, pero en goce de libertad, no así Nicolás Carrizo quien continuará detenido.
Los magistrados consideraron que Carrizo tenía conocimiento desde el 23 de agosto del plan de Fernando Sabag Montiel y su novia, Brenda Uliarte, dado que las charlas analizadas de WhatsApp lo confirman: «Lo cierto es que el hecho de que Sabag Montiel haya empleado otra arma y -posiblemente- adelantado su actuación respecto del presunto plan inicial, no exime de imputación a Carrizo», dijeron los camaristas.
Y agregaron: «Gabriel Nicolás Carrizo deberá responder como partícipe necesario del delito de homicidio en grado de tentativa agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por haberse cometido con un arma de fuego, en concurso real con falsificación de documento públicos».
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Al referirse a Agustina Díaz, explicaron que las pruebas que hasta el momento se conocen no son suficientes para dictaminar que tuvo un grado de intervención previa al ataque: «Si bien no se puede descartar un cierto conocimiento de Díaz sobre el plan, tampoco se puede asumir que por esa sola circunstancia y las manifestaciones efectuadas a Uliarte, donde no se aprecia contribución de cargo, se configure una complicidad secundaria», analizaron.
A la joven amiga de Brenda Uliarte se la estaba investigando bajo la principal acusación de «encubridora» porque por los mensajes que intercambiaron se confirmó que Díaz tenía conocimiento de lo que iba a acontecer en la noche del 1 de septiembre. En ese contexto los magistrados comentaron: «Si bien no se puede descartar un cierto conocimiento de Díaz sobre el plan, tampoco se puede asumir que por esa sola circunstancia y las manifestaciones efectuadas a Uliarte, donde no se aprecia contribución de cargo, se configure una complicidad secundaria».
Bajo este análisis, los camaristas indicaron que, en los elementos relacionados y colectados a la causa: «No se ha evidenciado en Díaz ningún despliegue adicional de conducta -repetimos, de momento- que permita asignarle a su conducta un relevamiento jurídico-penal», concluyeron.
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