Luego de la aprobación de la Ley del Cannabis Medicinal los promotores de los diversos que se le pueden dar a esta planta profundizaron los eventos y charlas en torno a la marihuana. Es por ello que desde Nación ya están organizando con anticipación la contratación de un stand que será utilizado en la Expo Cannabis, que se realizará los días 4, 5 y 6 noviembre en el predio de La Rural.
Leé también: Quién es Gabriel Rubinstein, el viceministro elegido por Sergio Massa
Según costa en el sistema compr.ar, el alquiler del stand costará $ 1.217.855, y la empresa beneficiaria como única oferta confirmada es Cultivarte S.A.
Especificaciones en la contratación del stand:
Medida Stand: 27 m2 (VEINTISIETE METROS CUADRADOS).
Tipo Stand: Modular para generar un espacio con triple funcionalidad
- Una barra para atención de consultas y seguimiento de trámites
- Un espacio de exhibición de productos del asociativismo
- Un living para microconferencias con representantes del sector cooperativo y mutual
Formato: Esquina (abierto en frente y un lateral)
Debido a que la Ley de Cannabis Medicinal fue aprobada hace poco tiempo, esta será la primera exposición en donde se hablará de la implementación de, por ejemplo, la industrialización del cáñamo y los diversos usos medicinales del cannabis. Es por este motivo que aún no hay mucha información con respecto a qué se expondrá puntualmente. Según el pliego adjunto en esta licitación, este evento fue organizado por la revista THC, y abarca usos medicinales, cultivo, eventos B2B, un concurso de posters científicos, encuentros con ONGs y arte en vivo, según se puede apreciar en el sitio oficial del evento.
Leé también: Mauricio Macri: «El volcán Lanín es de todos los argentinos, sin discusión»
De qué trata la Ley del Cannabis Medicinal
El jueves 5 de mayo se aprobó el proyecto de ley que permitirá la regulación del desarrollo de la industria del cannabis medicinal y la industrialización del cáñamo. Con la implementación de esta ley se modificará la ley 27.737 promulgada en 1989, en donde dictan diversas penalizaciones y señalan como ilegales a las drogas que ahora se habilitaron.
Beneficios económicos
El proyecto fue presentado por el ex ministro Matías Kulfas, que especificó que su aprobación se traducirá en ganancias de hasta 500 millones de dólares. No obstante, estos beneficios económicos recién serán visibles a partir del año 2025, debido a que primero deben ponerse en marcha varias implementaciones industriales.
Este proyecto detalla la creación de un organismo regulador. Esta agencia deberá funcionar como un articulador de la cadena productiva del cannabis y, además, tendrá a su cargo otras agencias de regulación. Este organismo regulador se llamará: Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME).
Leé también: Investigan a organizaciones sociales jujeñas por planificar atentados
Según detalla el proyecto de ley, la agencia ARICCAME será manejada por cinco personas que serán elegidas por el Poder Ejecutivo. Estas personas tendrán un puesto jerárquico, lo que se traduce en un sueldo de características importantes.
A su vez, esta agencia dependerá funcional y monetariamente a través del Ministerio de Desarrollo Productivo, ministerio que en las últimas semanas fue unificado con el de Economía y Agricultura y Pesca. No obstante, es importante destacar que esta ley fue muy solicitada por padres que necesitan cannabis medicinal para tratar a sus hijos.
Además:
nos pasas como comunicarnos con vos
Para esto si hay plata…..Desde la indignación: Soy abogado de profesión. Se que nada que supere las 100 palabras será leido pero, ve igual: . El 26 de julio de 2018 el Congreso de la Nación sanciono la ley 27.452, que sería conocida como «Ley Brisa», la misma fue sancionada por unanimidad, sin abstenciones y dispone con forma de reparación, no indemnización, el pago de una jubilación mínima a cada niño remanente de los hechos de homicidio de género, es decir madre muerta, padre preso/prófugo, generalmente los niños a cargo de abuelos maternos, hermanos mayores, tios….EN ESTE CASO A CARGO DE LA ABUELA HOY DE 78 AÑOS DE EDAD en el texto de la Ley 27.452 se menciona para asegurar su eficacia temporal que el retroactivo será pagado desde el día del homicidio de la víctima de género (día en el cual los niños comenzaban a estar desprotegidos). Con la creación del SENAF, se reglamentó la Ley por decreto y se sobrescribió (común en la actividad de la administración) disponiendo se pague a partir del momento de la promulgación de la Ley, cuando esta dispone el pago a partir de la muerte de la víctima de género. Es decir de un plumazo mataron el espíritu reparador que el Legislador dio taxativamente a la Ley. Al día de la fecha solo se pagaron unos 900 casos de Ley Brisa debido a lo intrincado de la tramitación, (piden sentencia firme del homicida, ¿en este país sentencia firme?) el caso que represento profesionalmente a dos huérfanos (pro-bono) logro reunir toda la documentación y hace dos años obtengo el cobro de la jubilación mínima a los dos niños administrados por su abuela, REPITO A LA FECHA DE 78 AÑOS, retroactivo??…..solo el que marca el decreto, no el que ordena la Ley. Voy en reclamo a la justicia Contencioso Administrativa (Juzgado 11 de CABA) y obviamente en un veloz fallo el Juez le ordena a SENAF que pague conforme a la letra de la Ley, primera fuente de interpretación del derecho. ¿Que hace SENAF,? cuyo fin de creación (sustento de sus empleos, fueron empleados para esto, para la protección de huérfanos y víctimas de género,) en lugar de avalar la decisión que beneficia a los huérfanos, no, apela la decisión judicial que beneficia a las víctimas sobrevivientes. Recae la apelación en la sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo quien en una obvia y rápida sentencia ratifica lo dispuesto por el A Quo y ordena a SENAF que pague. SENAF se notifica el 24 de abril del cte. , hace la liquidación con el valor de jubilación mínima a 16.500 $, aplica tasa BCRA llega a un número y la misma abogada que litiga sin previo trámite de conocer si existe o no presupuesto dispone se incluya el pago en el próximo presupuesto 2023 a pagarse en 2024/2025. Conforme la página web http://www.presupuestoaldía.gob.ar del gobierno nacional, el presupuesto del Ministerio de Desarrollo social está sub ejecutado ….es decir, no logro hacerle entender a mis clientes (reitero probono) como funciona. Para colmo el Presidente de la Nación dispuso mediante DNU del 16 de Junio AMPLIAR EL PRESUPUESTO NACIONAL, incluyendo al SENAF, quien insiste que esa ampliación es solo para pagar sueldos, ¿se entiende? para pagar sueldos de quienes tienen que pagar retroactivos a víctimas, pero no lo hacen porque…..tienen que pagar sueldos. Agún burócrata del SENAF está ignorando lisa y llanamente lo que Uds. como funcionarios políticos no pueden dejar pasar. O sea ante un problema (huérfanos) el Legislativo se ocupó y legisló, el Poder judicial se ocupó, le dio perpetua al homicida, y puso las cosas en su lugar en cuanto a la reparación ordenada por el legislativo, pero el SENAF, que depende del Ministerio de Desarrollo social, se niega a pagar, si eso no es una clara violación de los derechos humanos de las victimas, no se que podrá ser. ¿Qué necesitan los menores ?: que se ocupen de la problemática de los desprotegidos, hay una mujer muerta por su marido delante de sus cuatro hijos, el tipo la ahorcó adelante de los nenes, la puso abajo de la cama y los obligó a dormir con la madre muerta debajo del colchón, es necesario que busquen la vuelta legislativa para derogar el decreto inconstitucional que sobrescribe la Ley por Ud. sancionada. Son jubilaciones mínimas ( a valor de $ 16.500) la diferencia que tienen que pagar, la nena mas chica tenía 6 mees cuando le mataron a la madre, hoy tiene 16 y sgue esperando, deben lograr que SENAF pague AHORA, la abuela (78) está dispuesta, en su calidad de propietaria de la sentencia firme a vender los derechos de cobro por Mercado Libre, no nos merecemos como país el escándalo que esto va a generar. Les dejo los datos de la causa por si a alquilen le interesa verla, está en la página del PJN ventana «vista de causas», jurisdicción «Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil» causa nro. 24.439 año 2020. Allí verán como la abogada litigante de SENAF directamente dispone que la sentencia (una jubilación mínima por mes desde la fecha del homicidio de la madre hasta cumplir 21 años….) se pague el año que viene con suerte o en 2024- Gracias por su tiempo. Si alguien puede colaborar en que se viralize, servirá.