Imputaron al presidente Alberto Fernández en la causa por el festejo en Olivos

El fiscal Ramiro González formalizó la acusación al titular del Poder Ejecutivo. También fue imputada la primera dama Fabiola Yañez y el resto de los concurrentes a la reunión.
Por: #BorderPeriodismo

El presidente Alberto Fernández quedó formalmente imputado en la causa que este jueves por la noche abrió el fiscal Ramiro González por el festejo en Olivos del 14 de julio en ocasión del cumpleaños de la primera dama Fabiola Yañez. En la causa también fueron registrados los nombres del resto de los concurrentes a la residencia oficial.

Fernández y el resto de los acusados fueron imputados «en los términos de los artículos 72, 73, 279 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación». La lista la completan «Fabiola Yañez, Carolina Marafioti, Severina Sofía Elizabeth Pacchi, Florencia Fernández Peruilh, Santiago Basavilbaso , Emanuel Esteban López, Fernando Daniel Consagra Consagra , Rocío Fernández Peruilh , Federico Abraham y Stefanía Domínguez».

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Días atrás, se conoció que la primera dama, Basavilbaso, López y Consagra designaron a Juan Pablo Fioribelo y Mariano Lizardo como sus abogados defensores. Por su parte, Stefanía Domínguez designó a Mauricio D´alessandro; Federico Abraham, a Jorge Ballestero y Pablo Slonimsqui; Carolina Marafiotti, a Alejandro Rúa; y Rocío y Florencia Fernández Peruilh a Fernando Burlando. En tanto, el presidente no nombró defensor en el expediente.

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¿Qué dicen los artículos por los que quedó imputado el presidente?

  • Artículo 72: “Los derechos que este Código acuerda al imputado podrá hacerlos valer, hasta la terminación del proceso, cualquier persona que sea detenida o indicada de cualquier forma como partícipe de un hecho delictuoso. Cuando estuviere detenido, el imputado o sus familiares podrán formular sus instancias por cualquier medio ante el funcionario encargado de la custodia, el que las comunicará inmediatamente al órgano judicial competente”.
  • Artículo 73: “La persona a quien se le imputare la comisión de un delito por el que se está instruyendo causa tiene derecho, aun cuando no hubiere sido indagada, a presentarse al tribunal, personalmente con su abogado defensor, aclarando los hechos e indicando las pruebas que, a su juicio, puedan ser útiles”.
  • Artículo 279: “La persona contra la cual se hubiera iniciado o esté por iniciarse un proceso, podrá presentarse ante el juez competente a fin de declarar. Si la declaración fuere recibida en la forma prescripta para la indagatoria, valdrá como tal a cualquier efecto. La presentación espontánea no impedirá que se ordene la detención, cuando corresponda”.

Minutos antes de conocerse la noticia de la imputación de Fernández, el presidente se presentó ante la justicia mediante un escrito de 36 páginas en el que pidió ser sobreseído de la causa por el festejo en Olivos.

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Además, en el texto propone donar durante cuatro meses el 50% de su salario como presidente (315.259 pesos, según La Nación) al Instituto Malbrán. Por el pedido de Fernández, deberá responder el juez Sebastián Cassanello.

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Su abogado en otras causas, Gregorio Dalbón, explicó en su Twitter que el presidente se presentó ante la justicia «como ciudadano», pero que seguirá «siendo su abogado para causas que sean delito».

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